Permiso parental de 8 semanas: qué es, hasta cuándo y cómo se pide
Actualizada el 23 de septiembre de 2026 · España, art. 48 bis ET
El permiso parental son 8 semanas por progenitor, para usar en cualquier momento hasta que el niño cumple 8 años. Existe desde 2023 (RDL 5/2023, artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores) y es el gran desconocido de la conciliación en España: mucha gente lo confunde con la baja parental de 19 semanas, que es otro derecho y que no tiene nada que ver. Aquí va lo que es, lo que no es y cuándo merece la pena.
Qué es exactamente
Es una suspensión del contrato para cuidar de un hijo: el puesto se conserva, la antigüedad no se interrumpe y, cuando acaba, se vuelve en las mismas condiciones. Se puede disfrutar a tiempo completo o a tiempo parcial, de forma continua o discontinua (dos semanas ahora, tres en verano, tres al año siguiente), según lo que se pacte con la empresa y diga el convenio.
Vino con la transposición de la Directiva europea de conciliación (2019/1158), que obliga a los países a reconocer un permiso parental de cuatro meses. España lo hizo en dos piezas: este permiso de 8 semanas y, más tarde, las 2 semanas guardables hasta los 8 años que el RDL 9/2025 añadió a la baja parental.
Lo que no es: la tabla que evita disgustos
| Baja parental (nacimiento y cuidado) | Permiso parental de 8 semanas | |
|---|---|---|
| Norma | Art. 48 ET · RDL 9/2025 | Art. 48 bis ET · RDL 5/2023 |
| Duración | 19 semanas por progenitor | 8 semanas por progenitor |
| Dónde se pide | Empresa e INSS | Solo la empresa |
| Plazo | 6 semanas tras el parto; 11 hasta los 12 meses; 2 hasta los 8 años | Cualquier momento hasta los 8 años |
| Preaviso | 15 días | 10 días (o lo que fije el convenio) |
| Unidad | Semanas completas | Continuo o discontinuo, completo o parcial |
La confusión tiene una causa concreta: la palabra parental. En la calle «baja parental» significa el permiso de nacimiento; en el BOE «permiso parental» es esto. Si alguien te dice que «el permiso parental son 8 semanas», habla de este; si dice 19, habla del otro.
Cómo se pide
- Por escrito a la empresa, con 10 días de antelación como mínimo (el convenio puede fijar otro plazo), indicando fecha de inicio y de fin y si es a jornada completa o parcial.
- La empresa no puede negarlo. Solo puede aplazarlo por razones justificadas de funcionamiento —por ejemplo, si coincide con otros permisos parentales en el mismo periodo— y en ese caso debe ofrecer por escrito una alternativa de disfrute.
- No hay trámite con la Seguridad Social: todo se resuelve entre la persona trabajadora y la empresa.
- Guarda copia de la comunicación. Si el convenio tiene un modelo de solicitud, úsalo.
Cuándo compensa y cuándo no
Son semanas que no caducan hasta los 8 años, así que la pregunta real es cuándo colocarlas. Casos en los que suelen encajar bien:
- El hueco entre la baja parental y la escuela infantil. Con dos progenitores alternándose, la cobertura del bebé llega a unos 7-8 meses (6 semanas juntos + 11 + 11 alternadas, más vacaciones y lactancia). Si la plaza de escuela empieza en septiembre y el bebé nació en marzo, estas semanas tapan el agujero. Cómo encajar todo eso lo contamos en cómo repartir la baja parental en pareja.
- Un verano con un hijo de 3, 5 o 7 años. Las vacaciones escolares duran más que las de los padres; dos semanas bien colocadas cubren el hueco que dejan las vacaciones de los padres.
- Adaptación al colegio o una situación puntual (mudanza, enfermedad leve prolongada, un abuelo que ya no puede hacerse cargo).
Y cuándo no: si todavía os quedan semanas de baja parental sin usar. Primero se agota lo que caduca al año, es decir, la baja parental, las vacaciones y la lactancia acumulada, y solo después se echa mano de lo que puede esperar hasta los 8 años. Parece obvio, pero la mayoría de la gente descubre este permiso cuando ya ha gastado mal las otras bolsas.
Fuentes oficiales
- Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (BOE) — la ampliación a 19 semanas por progenitor.
- Estatuto de los Trabajadores (BOE, texto consolidado) — artículos 37.4 (lactancia), 48 (nacimiento) y 48 bis (permiso parental).
- Guía Laboral del Ministerio de Trabajo — nacimiento y cuidado del menor, y la hora de lactancia.
- Seguridad Social — nacimiento y cuidado de menor.
- Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (BOE) — el que crea el permiso parental del art. 48 bis.
Preguntas rápidas
¿El permiso parental de 8 semanas es lo mismo que la baja parental?
No. La baja parental son las 19 semanas del permiso por nacimiento, que se piden a la empresa y al INSS y se usan sobre todo en el primer año. El permiso parental de 8 semanas es otro derecho, del artículo 48 bis, que se pide solo a la empresa y se puede usar hasta que el niño cumple 8 años.
¿Son 8 semanas por cada hijo o en total?
Son ocho semanas por cada hijo, hija o menor acogido, y por cada progenitor. Con dos hijos, cada progenitor tiene 8 semanas por el primero y otras 8 por el segundo, cada una con su propio plazo: hasta que ese niño cumple 8 años. Son un derecho individual y no se pueden transferir de un progenitor al otro.
¿Hasta cuándo se puede usar el permiso parental?
Hasta que el hijo o hija cumple 8 años. Se puede coger de una vez o por partes, a jornada completa o parcial, y en cualquier momento dentro de ese plazo.
¿Se puede coger el permiso parental por días o por semanas?
La ley lo mide en semanas, pero permite el disfrute continuo o discontinuo y a tiempo completo o a tiempo parcial, así que se puede partir en tramos. Cómo se fraccionan exactamente esos tramos lo remite el artículo 48 bis a un desarrollo reglamentario, de modo que en la práctica se pacta con la empresa y se mira el convenio. Pide las fechas por escrito con 10 días de antelación, indicando inicio, fin y si es a jornada completa o parcial.
¿Dónde está regulado el permiso parental de 8 semanas?
En el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, que introdujo el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, publicado en el BOE. Viene de la Directiva europea 2019/1158 de conciliación. El texto consolidado del Estatuto está enlazado en las fuentes de esta guía.
¿El permiso parental de 8 semanas se tramita con la Seguridad Social?
No: se pide y se resuelve directamente con la empresa, sin ningún trámite ante la Seguridad Social. Basta la comunicación por escrito con 10 días de antelación, o el plazo que fije el convenio. Lo que sí pasa por la Seguridad Social es la baja parental de 19 semanas del artículo 48, que es otro permiso.
¿Las 8 semanas se restan de las 19 de la baja parental?
No. Son derechos independientes y se suman: 19 semanas del permiso por nacimiento más 8 semanas del permiso parental, por cada progenitor.
¿Con cuánta antelación hay que avisar a la empresa?
Con 10 días de antelación, o el plazo que fije el convenio colectivo, indicando fecha de inicio y de fin. La empresa solo puede aplazarlo por razones justificadas de funcionamiento y debe ofrecer una alternativa por escrito.
¿Lo puede coger la pareja a la vez?
Sí. Cada progenitor tiene sus 8 semanas propias e intransferibles, y pueden coincidir en el tiempo. Si los dos trabajan en la misma empresa, esta puede pedir escalonarlos por razones organizativas.
Para seguir leyendo
- Trámites de la baja parental, en orden — qué hacer y cuándo: empresa, Registro Civil, INSS.
- 19 preguntas frecuentes sobre la baja parental — festivos, autónomos, prematuros, adopción.
- Lactancia acumulada: cuántos días son — la cuenta exacta y dónde colocarla.
¿Y cómo cuadramos esto en casa sin una hoja de cálculo?
Para eso hicimos Allonest: pintáis los días de cada uno en un calendario que aplica estas reglas solo —festivos de vuestra comunidad incluidos— y avisa de los huecos en los que el bebé se queda sin nadie.